Dentro de los actos del Día de Internet en Quito, vamos a participar en “Legislar sobre Internet en el Ecuador”, un esfuerzo colectivo donde se nos invita a aportar propuestas y estrategias a la legislación en materia de Comunicación y Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). Esta es la introducción al encuentro que ha preparado la organización:
El evento “Legislar sobre Internet en Ecuador” es una cita en la cual se aportarán propuestas y estrategias a la legislación en materia de Comunicación y Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). Se abordarán temas sobre Internet como un Derecho Humano, Neutralidad y Gobernanza, Libertad de Expresión en Internet y Derechos de los ciudadanos digitales.
Ecuador vive un momento decisivo en materia de comunicación y telecomunicaciones. La nueva Asamblea Nacional tiene como reto prioritario la discusión y aprobación de una nueva Ley de Comunicación , y próximamente entrará también a debate la Ley de Telecomunicaciones.
La actual Constitución del Ecuador establece en su artículo 16 que “todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: (2) el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación”, reconociendo así, la importancia de estas tecnologías, principalmente de Internet, para el ejercicio de los derechos de la ciudadanía.
En el Proyecto de Ley Orgánica de Comunicación que deja la Asamblea saliente sólo un artículo que menciona las TIC, Art. 34.- Derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación: “Todas las personas tienen derecho a acceder, capacitarse y usar las tecnologías de información y comunicación para potenciar el disfrute de sus derechos y oportunidades de desarrollo.”
Creemos que ante esta nueva oportunidad de debatir que se abre con los nuevos representantes electos de la Asamblea Nacional antes de la aprobación de las nuevas leyes relacionadas con las TIC, es necesario profundizar en las propuestas acerca de las TIC y de Internet.
Por ejemplo, dejar establecido que el bien público y “el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada” , como lo establece el artículo 17 de la Constitución, primará frente a los intereses económicos de las empresas que prestan servicios de conectividad, y considerar procesos de alfabetización tecnológica para los usuarios y usuarias.
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